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Tribunal confirma espionaje a trabajadores de Codelco

El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama acogió una denuncia por práctica antisindical interpuesta por el dirigente de la División Chiquicamata de Codelco, Miguel Véliz Fernández, quien apuntó a conductas vulneratorias de sus derechos fundamentales cometidas por la cuprífera estatal.

La acción judicial relata que el 10 de octubre de 2023, cuando el trabajador se desplazaba a una sede sindical junto a otros colegas, detectó la presencia de una camioneta roja que los seguía, añadiendo que, al día siguiente, observó cuando un sujeto desconocido tomaba fotografías en las inmediaciones de su casa.

«Dado lo anterior, comenzó a buscar cámaras de seguridad, verificando que había unas instaladas en un almacén cercano, concurriendo para solicitar las grabaciones y, cuando se dirigía allí, se percató de la presencia de la misma camioneta roja (PPU. SFXV-77) que la noche anterior los había seguido… por lo que se aproximó para encararlos, grabando la situación con su celular, momentos en que el conductor del vehículo intentó atropellarlo», recoge la sentencia.

Las grabaciones permitieron acreditar que el vehículo había estado 12 horas vigilando su domicilio, a su persona y a su grupo familiar, precisó el denunciante. Además, se logró establecer que el medio de transporte era arrendado a la empresa de seguridad ISS, que prestaba servicios a Codelco, cuyo encargado de contrato era el exoficial de Carabineros, Carlos Águila Villanueva.

Los hechos fueron confirmados a través de una investigación realizada por la Inspección Provincial del Trabajo de El Loa-Calama, cuyos fiscalizadores tomaron declaración a tres testigos presenciales de las instrucciones de seguimiento a dirigentes sindicales.

A ello se agregó un informe elaborado por la Gerencia Corporativa de Auditoría Especial de Codelco que reveló la existencia de un grupo de WhatsApp denominado ‘Guacamayo’, integrado por «Analistas de Información» de la empresa ISS, donde se observaban registros fotográficos de automóviles de sindicalistas y sus patentes.

De esta manera, el fallo indica que la denunciada incurrió en «actos de acoso laboral y afectó las garantías de integridad síquica, protección de la vida privada y no discriminación por participación en organizaciones gremiales».

El tribunal ordenó el cese inmediato de toda labor de vigilancia, seguimiento o monitoreo, además de disculpas públicas por los episodios probados al Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Chuquicamata (ex Sindicato N° 3) y, en particular, al denunciante, por medio de tres publicaciones en un diario de circulación comunal».

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