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Conflicto por entrega de información de niños y niñas a la ANI llegará a la Corte Suprema

La Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible el recurso presentado por la Defensoría de la Niñez para dejar sin efecto el convenio que permite a la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) acceder a bases de datos de niños, niñas y adolescentes bajo tuición del Servicio Nacional de Menores (Sename).

La Primera Sala, integrada por las ministras Dobra Lusic, Jessica González y el ministro (s) Rafael Andrade, calificó la acción como «extemporánea», observando que el acuerdo fue suscrito en el mes de febrero y existirían «mecanismos jurisdiccionales y administrativos» ajenos a la vía judicial de protección para impugnarlo.

En el libelo, la defensora de la Niñez, Patricia Muñoz, había explicado que se enteró del documento en fecha reciente, por medio del Sindicato de Trabajadores de Organismos Colaboradores de Sename (SINTRAUB), el cual sostuvo en una carta que el pacto «contraviene la Convención sobre los Derechos del Niño» y «constituye una grave amenaza de los derechos de niños, niñas y jóvenes sujetos a la protección y cuidado del Estado».

«La ilegalidad de la suscripción del Convenio se centra, entre otros aspectos, en que el objeto de la obtención de información por parte de la ANI, se traduce en dar cumplimiento a su mandato legal, de inteligencia y contrainteligencia, en materias de soberanía y terrorismo, ámbito este último en que existe, además, prohibición expresa de persecución penal respecto de niños, niñas y adolescentes», señala.

En este sentido, agrega que, tomando «en cuenta el objetivo de la ANI directamente relacionado con la creación de inteligencia para efectos de detectar, neutralizar y contrarrestar acciones criminales, resulta claro que el traspaso de información, incluyendo la privada tiene fines estigmatizadores, criminalizantes y contrarios, de manera flagrante».

Ante la decisión del tribunal de alzada capitalino, Muñoz señaló al diario La Tercera que «no compartimos de manera alguna los fundamentos que se han explicitado», anunciando que recurrirá de apelación ante la Corte Suprema.

Este sábado, el organismo protector de infancia ingresó un nuevo escrito, indicando que el «hecho de no conocer este recurso de protección, y declararlo inadmisible, involucra la infracción por parte de SSa. Ilustrísima de los principios de igualdad ante la ley… de no discriminación y de dignidad de las personas».

Finalmente, el texto resalta que la Contraloría General de la República no sería competente para anular el convenio.

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