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Dirección del Trabajo impide que empleados bajo cuarentena o toque de queda reciban sueldo

En el marco de la crisis sanitaria por Covid-19, la Dirección del Trabajo emitió un dictamen que fija criterios sobre la relación contractual de trabajadores y empleadores en casos de cuarentena total como la que se ha ordenado para siete comunas del Gran Santiago.

El documento sugiere que dichas medidas restrictivas configuran el caso fortuito o de fuerza mayor, por lo que «se exonera a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el código del trabajo», es decir, «ni el trabajador está obligado a cumplir sus funciones, ni el empleador tiene porqué pagar las remuneraciones», informó La Tercera.

El pronunciamiento exime de lo anterior a «aquellas labores indispensables y esenciales para la población», conforme sean determinadas por la autoridad, siendo indispensable para ello «la provisión de un salvoconducto o, si se tratase del cordón sanitario, un permiso que le de acceso al trabajador a el lugar donde labora», agrega el medio.

Otro elemento dice relación con establecer que los empleadores deben garantizar la protección de sus trabajadores, para lo cual pueden adelantar o postergar el inicio y término de la jornada en caso de existir riesgo para los mismos, y que «la remuneración se pagará en función de las horas trabajadas o durante las cuales el trabajador estuvo a su disposición».

El punto más controversial tiene que ver con los compromisos del empleador cuando la decisión de la autoridad afecta los desplazamientos del trabajador.

Por ejemplo, si los trabajadores deben permanecer obligadamente en las instalaciones de la empresa a la espera de que sean levantadas las medidas de aislamiento o de toques de queda, la DT ha eximido el pago de remuneraciones por dicho período.

Asimismo, «respecto de los trabajadores que, con ocasión de dicha orden de autoridad o toque de queda, no ingresaron a prestar servicios, corresponde concluir que no habiendo estado a disposición del empleador, éste no se encuentra obligado al pago de las respectivas remuneraciones», señala el dictamen de la directora del Trabajo (s), Camila Jordán Lapostol.

Frente a la noticia, la presidenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Bárbara Figueroa, señaló que «no nos parece justo que la suspensión de la relación laboral durante la crisis la paguen los trabajadores».

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