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Comisario de la PDI con hijo autista logra paralizar traslado: Acusa vulneración de derechos

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó en forma preventiva al director general de la Policía de Investigaciones, Eduardo Cerna Lozano, suspender un cambio de destinación que ha sido reclamado como arbitrario por una funcionaria de la Brigada de Homicidios de Puerto Montt.

La denunciante, de iniciales C. Q. O., presentó un recurso de protección tras ser incorporada en la nómina del Plan Anual de Destinaciones de la PDI, lo que implicaría su traslado a la ciudad de San Antonio, Región de Valparaíso, por supuesta «necesidad institucional».

El libelo plantea que la decisión vulneraría la integridad psíquica familiar, ya que uno de sus hijos «está diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista nivel 2 y Trastorno por Déficit Atencional con Hiperactividad, lo que implica condiciones muy diversas de adaptación al normal comportamiento de los niños».

Se argumenta que la afectada -de grado comisario- fue recibida por el jefe de la Prefectura Provincial de Llanquihue, prefecto Alfredo Oyarzún Cortés, y por el jefe de la Región Policial Los Lagos, prefecto inspector Sergio Alvear Cruz, quienes la autorizaron para proseguir con el conducto regular y sostener audiencia con el subdirector de la institución, prefecto general Hugo Haeger Bórquez.

«Sin embargo, con fecha 6 de noviembre del 2025, fui notificada de la Providencia (R) N° 130/025 de fecha 23 de octubre de la Subdirección de Investigación Policial, el cual señala, no ha lugar a lo peticionado», relata la presentación.

En la instancia, C. Q. O. buscaba exponer que su nueva destinación resultaba incompatible con las recomendaciones formuladas por especialistas que han pedido mantener las sesiones de su hijo en el Centro de Rehabilitación Integral de Carabineros (CRICAR) de Puerto Montt, recinto que no existe en San Antonio.

Además, pretendía aludir a la Orden General N° 2817 de fecha 24 de noviembre del año 2023, que hace referencia a la aplicación de la Ley N° 21.545, cuyo marco legal establece la promoción de la inclusión, la atención integral y la protección de los derechos de las personas con Trastorno del Espectro Autista.

Con fecha 4 de diciembre, el tribunal de alzada capitalino acogió una orden de no innovar solicitada por la recurrente, paralizando los efectos del despacho a Valparaíso hasta no resolver sobre el fondo del asunto.

Posteriormente, el 22 de diciembre, la Corte reiteró su petición de informe a la Jefatura Nacional de Administración y Gestión de Personas de la PDI, entidad que no ha cumplido con los plazos para responder a lo expuesto.

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