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Dos años después: Contraloría ordena investigar contratación de hijo de ex general Bruno Villalobos

El contralor general de la República, Jorge Bermúdez, solicitó al Hospital de Carabineros abrir un sumario para establecer responsabilidades por la no fiscalización del contrato suscrito entre ese establecimiento y el médico cirujano Bruno Villalobos Coz, hijo del ex general director de Carabineros Bruno Villalobos Krumm.

Contestando una presentación realizada en julio de 2016 que advirtió posibles irregularidades en pagos otorgados a Villalobos Coz, el ente confirmó la existencia de un permiso que autorizaba al facultativo a no cumplir su jornada laboral siempre y cuando concurriese a un programa de estudios de la Universidad de Valparaíso financiado con beca institucional.

Documentos analizados por Contraloría establecen que el programa era «con dedicación exclusiva», dejando eximido al profesional de marcar su asistencia en el HOSCAR, donde se le contrató por $1.500.041 mensuales para satisfacer la alta demanda del Servicio de Urgencias.

Según el dictamen N° 14.952 de 2018 (ver aquí), lo anómalo es que la exclusividad no se cumplió, ya que al mismo tiempo Villalobos cobró servicios particulares al Hospital Militar por más de $7.000.000, «efectuando turnos de reemplazo y refuerzos en Unidades de pacientes críticos, urgencias y residencias, y diversas intervenciones quirúrgicas».

«Lo anterior constituye una transgresión al deber de dedicación exclusiva establecido en el reglamento de programas de especialidades médicas de la Universidad de Valparaíso, en el contrato de trabajo que aquel suscribió con el HOSCAR, y en los actos por los cuales esta última entidad otorgó permisos con goce de remuneraciones y ratificó el patrocinio institucional», señala el documento.

Indica finalmente que, por tal motivo, «corresponde que el HOSCAR instruya un sumario dirigido a determinar las responsabilidades administrativas que pudieran derivarse de los hechos previamente expuestos, de cuyo inicio deberá informar a la Unidad de Seguimiento de este órgano de Control en el plazo de 15 días hábiles contado desde la recepción del presente oficio».

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